Bien Familiar: Lo que debes saber
Un inmueble es, la mayoría de las veces, el hogar de una familia. Para proteger en cierta medida a un inmueble que sirve como residencia familiar, en nuestra ley existe la figura de Bien Familiar. En este artículo de Buena Inversión te explicamos de qué trata este importante concepto regulado por nuestro Código Civil y que implicancia tiene a la hora de establecer derechos, hacer enajenaciones u otras acciones legales sobre un bien declarado como familiar.
¿Qué es un bien familiar?
En pocas palabras, un bien familiar es aquello que sirve de residencia para una familia. En términos materiales, el bien familiar corresponde al inmueble utilizado como vivienda por la familia y también a los bienes muebles contenidos en el inmueble familiar. Esta explicación es prácticamente la definición que hace el Código Civil en su artículo 144 sobre esta materia:
El inmueble de propiedad de cualquiera de los cónyuges que sirva de residencia principal de la familia, y los muebles que la guarnecen, podrán ser declarados bienes familiares.
Artículo 144, Código Civil
Como puedes ver de la definición, el bien familiar puede ser propiedad del marido o de la mujer. Es importante recalcar que pueden declararse bienes como bienes familiares independiente del régimen de bienes del matrimonio (es decir, independiente si se tiene sociedad conyugal, separación de bienes u otro). Pero ten presente algo: debe existir matrimonio ante la ley para poder declarar un bien como familiar.
¿Para qué sirve declarar un bien familiar?
Es probable que te preguntes para qué le sirve a una familia tener un bien familiar. La respuesta es, para proteger la residencia de la familia frente a ciertas situaciones que pudiesen ponerla en riesgo.
Por ejemplo, protegerla frente a la eventualidad de que una familia pierda su hogar porque uno de los cónyuges decidió venderla y enajenarla sin consentimiento del otro cónyuge. O, protegerla de que el propietario del bien inmueble la grave a favor de un tercero.
Como veremos más adelante, hay ciertas restricciones que impiden que estas situaciones ocurran gracias a que un bien fue declarado como familiar.
¿Cómo se declara un inmueble como bien familiar?
Declarar un bien como bien familiar es un proceso bastante expedido, de acuerdo a dispuesto por el Código Civil. La ley considera las siguientes normas para ello:
- El Juez de un Juzgado de Familia cita a los cónyuges interesados a una audiencia preparatoria. Si no hay oposición de ninguna de las partes y están los antecedentes suficientes, el Juez resuelve en esa misma audiencia declarar un bien como familiar.
- Si faltasen antecedentes, el Juez citará a una segunda audiencia de juicio para resolver la declaración.
- De todas formas, basta con interponer una demanda para declarar un bien como familiar para que un Juez lo transforme provisoriamente como tal. Para ello, notificará de oficio al Conservador de Bienes Raíces para que anote una subinscripción sobre el inmueble.
Si necesitas orientación o asesoría para declarar un bien como familiar, acércate a la Corporación de Asistencia Judicial de tu región para obtener asistencia.
Lo qué se puede y no puede hacer con un bien familiar
Repasamos a continuación algunas normas importantes que rigen sobre los bienes familiares:
¿Un bien familiar se puede gravar o enajenar?
Esta es precisamente una de las claves al declarar un inmueble como bien familiar. Como mencionamos anteriormente, no se puede enajenar ni gravar, ni tampoco prometer enajenar o gravar un bien familiar sino con la autorización del cónyuge no propietario del inmueble declarado como bien familiar.
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¿Se puede arrendar un bien familiar?
El artículo 144 que establece restricciones a enajenar o gravar un bien familiar, establece las mismas limitaciones en cuanto a celebrar un contrato de arriendo o de comodato. Es decir, no puede establecerse un arriendo o comodato sin consentimiento del cónyuge no propietario.
¿Se puede poner hipoteca sobre un bien familiar?
Recordemos que la hipoteca es un tipo de gravamen para constituir un derecho a favor de un tercero. Como mencionamos anteriormente, no se puede gravar ni prometer gravar sin consentimiento del cónyuge no propietario. Por lo tanto, se puede establecer una hipoteca sobre un inmueble declarado como bien familiar pero solo si se cuenta con esa autorización.
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¿Un bien familiar se puede embargar?
Si, un bien familiar se podría embargar por algún acreedor. En efecto, el artículo 147 del Código Civil señala que la constitución de los derechos sobre un bien familiar no perjudica a los acreedores que el cónyuge propietario mantenga en cualquier momento. Esto, se entiende, contempla el derecho del acreedor de solicitar el embargo de un bien familiar.
Ahora bien, la ley también establece el beneficio de excusión para los cónyuges a favor de los bienes familiares. Esto quiere decir que si un acreedor quiere embargar los bienes a causa de una deuda del cónyuge propietario, cualquiera de los cónyuges pueden exigir que se persiga el embargo sobre otros bienes del deudor antes de hacerlo sobre bienes familiares.
¿Qué pasa con un bien familiar cuando hay divorcio?
Cuando se ha terminado un matrimonio y los cónyuges están separados o formalmente divorciados, hay varios puntos que deben tenerse en cuenta en relación a los bienes familiares:
- Lay ley permite que los cónyuges pueden desafectar un bien familiar de común acuerdo. Si se trata de un bien inmueble, esta declaración debe hacerse por escritura pública.
- Si no hay acuerdo entre los cónyuges en desafectar un bien familiar, y el propietario es quien quiere desafectarlo, puedo solicitarlo ante un juez, argumentando que no está siendo destinado como residencia familiar. Esto deberá probarlo para que el juez desafecte el bien inmueble de oficio.
- Esta solicitud ante un juez también puede hacerlo cualquiera de los cónyuges o cohabitantes bajo el mismo argumento, en caso de que el matrimonio se declare nulo, o se termine por muerte o por divorcio.
Ten presente también que un juez puede establecer a favor del cónyuge no propietario un derecho de usufructo o se uso o habitación sobre un bien familiar por un plazo determinado para resguardar los intereses de los hijos o del patrimonio de los cónyuges.
¡Listo! Ya conoces la figura legal de Bien Familiar y como una familia puede usarlo a su favor para resguardar el lugar que considera su hogar. Si tienes preguntas u observaciones que hacer sobre este tema, no dudes en dejarnos un comentario. ¡Saludos y hasta la próxima!
Buenas noches , el bien familiar se mantiene como tal si al declararse el divorcio, se otorga como compensación económica ese bien raíz ? Se puede vender sin problema
Hola Sandra,
cuando se produce el divorcio, el bien puede desafectarse como bien familiar si se demuestra que ya no está destinado a servir como residencia principal de la familia. Esto significa que no basta con el término del matrimonio para desafectar el bien; es necesario acreditar que el inmueble ya no cumple con el propósito de protección que justifica su mantención como bien familiar. Si además el bien raíz se otorga como parte de compensación económica, su calidad de bien familiar podría cesar si se cumplen los requisitos mencionados anteriormente.
Saludos.
Aviso legal: Todo comentario emitido es mi opinión y análisis. No constituye una asesoría legal profesional.
Hola, hace dos años, me remataron la casa por culpa de mi exmarido, quien tenía deudas con banco bci.
Posterior al divorcio la casa quedo de la siguiente forma:
Atendido lo acordado por las partes se declara bien familiar el inmueble ubicado en esta ciudad, calle El Tamarugal Nº 3203 del conjunto habitacional Las Dunas III, inscrito a nombre de don JANSON DE LA CRUZ BAEZA LAGOS, a fojas 2521, numero 171 en el Registro de Propiedades del Conservador de Bienes Raíces de Iquique del año 2004, DEBIENDO OFICIARSE Y NOTIFICARSE AL CONSERVADOR DE BIENES RAÍCES DE ESTA CIUDAD PARA LA INSCRIPCIÓN RESPECTIVA.
Regístrese y archívese.
RUC 06-2-0046005-5
RIT C-402-2006
A pesar de lo anterior, la casa se remató, aunque puse un abogado y dijo que nunca se ofició al conservador y nunca fue declarado bien familiar en el conservador, por ende, fue rematada.
Quería saber si tengo alguna opción de poder revertir, creo que no se puede, o quizás poder solicitar una reparación por daños y perjuicios.
Hola Maritza,
gracias por tu pregunta. Lamento mucho tu situación.
La declaración de un inmueble como bien familiar tiene implicaciones importantes, pero su efectividad depende de que dicha declaración sea inscrita en el Conservador de Bienes Raíces. Si no se realizó esta inscripción, el inmueble no gozaría de la protección que otorga la calidad de bien familiar frente a terceros, como los acreedores. Dado que el inmueble fue rematado, revertir el remate puede ser complicado, especialmente si el bien fue adquirido por un tercero de buena fe. Sin embargo, podrías explorar la posibilidad de demandar por daños y perjuicios si puedes demostrar que hubo negligencia por parte de tu abogado o de alguna otra parte involucrada en el proceso que impidió la inscripción del bien familiar.
Espero esta respuesta te ayude
saludos,
Al estar la casa con crédito hipotecario, se puede dejar como bien familiar
Hola Christian,
si, no hay problema. Un inmueble que está sujeto a un crédito hipotecario puede ser declarado bien familiar en el Derecho chileno. La calidad de bien familiar no impide que el inmueble esté gravado con una hipoteca.
saludos,
QUE PASA SI LA PROPIEDAD FUE COMPRADA AL BANCO POR LOS CONYUGES 50% Y 50%, DURANTE EL MATRIMONIO Y SE DECLARA BIEN FAMILIAR.
QUE PASA SI UNO TIENE LA VOLUNTAD DE VENDER Y EL OTRO NO?
Hola Fredy,
La declaración de un bien como familiar implica que para su enajenación, arrendamiento o gravamen, se requiere el consentimiento del otro cónyuge. Esto significa que, aunque ambos sean propietarios en partes iguales, ninguno puede disponer de su parte sin el consentimiento del otro. Si no se logra el consentimiento del cónyuge que se opone a la venta, el cónyuge interesado en vender puede solicitar una autorización judicial.
saludos,
Hola, puedo poner como bien familiar el departamento incluso si no tenemos hijos, ya que el me quiere echar y no tengo donde vivir. El departamento se compró bajo la sociedad conyugal, luego después de un tiempo hicimos el cambio de régimen matrimonial a separación total de bienes, pero yo no tenía idea de que el pasaría todos los derechos del departamento a nombre de el.
Hola Sara,
lamento tu situación.
Es posible declarar un inmueble como bien familiar incluso si no hay hijos, siempre que el inmueble sirva como residencia principal de la familia.
Si el cambio de régimen matrimonial incluyó la transferencia de todos los derechos del departamento a nombre de tu cónyuge, esto podría complicar la situación. Sin embargo, la afectación como bien familiar no depende del régimen de bienes. Es recomendable que busques asesoramiento legal especializado para evaluar tu situación. Los consejos que te pueda dar aquí no será suficientes.
Saludos,
Aviso legal: Todo comentario emitido es mi opinión y análisis. No constituye una asesoría legal profesional.
Mi ex marido quiere poner la casa a bien de familia
El tiene 3 hijas con otra mujer
En comun tenemos dos hijos
Que puedo hacer
Hola Damiana,
gracias por tu pregunta.
Para que un inmueble sea declarado bien familiar, generalmente debe ser la residencia principal de la familia. Si tú o tus hijos residen en el inmueble, esto podría ser un factor relevante. La declaración de un bien familiar requiere un procedimiento judicial. Puedes participar en este proceso y presentar tus argumentos ante el tribunal.
Te recomiendo que consultes con un abogado especializado en Derecho de Familia para que te asesore sobre tus derechos y las acciones que puedes tomar.
Espero esta respuesta te oriente
saludos,